"Un nuevo acuerdo para España"
Aparece :
- La religión en la escuela :
- Página 10
- "2.1.7.-La asignatura de religión será de carácter voluntario para los estudiantes, sin que haya una asignatura alternativa ni la nota sea computable a efectos académicos".
- Algunas consideraciones (suponiendo que nos encontremos , por ejemplo, en un centro de primaria de Andalucía) :
- Si todxs lxs alumnxs optan por dar clase de religión no hay ningún problema : todxs asisten a clase pero la nota que obtengan no será computable.
- Si hay estudiantes que no asistan a clase de religión, tanto quienes asisten como quienes no asisten tienen el derecho y el deber de recibir veintidós y media horas lectivas. Quienes no asistan a religión, ¿qué carga docente recibirán en el aula mientras sus compañerxs están en clase de religión? Aparecerán comparaciones y discriminaciones sobre el uso de ese tiempo lectivo : ¿será una pérdida de tiempo? ¿se realizarán actividades de interés de las que carecerá el alumnado que asite a religión? ,.......
- La solución estará en que la clase de religión se dé fuera del horario escolar, por tanto, la religión fuera de las escuelas.
- Laicidad del Estado :
- Página 32
- "5.5.-Aprobaremos una Ley sobre Libertad de Conciencia que garantice la laicidad del Estado y su neutralidad frente a todas las confesiones religiosas".
- El Estado es todo : administraciones estatatales , autonómicas , locales , funcionariado,.... ¿supondrá la laicidad del estado la ausencia de símbolos religiosos de todos los edificios públicos? ¿supondrá la laicidad del estado la desaparición de representantes religiosos en el ejército, hospitales , centros penitenciarios,....? ¿supondrá la laicidad del estado la ausencia de representantes públicos , ejerciendo su cargo, en actividades religiosas como procesiones , funerales ,....?
- ¿Se comprometerá este gobierno en pedirle a todos lxs representantes públicxs , y especialmente a quienes pertenecen a sus formaciones políticas, que actuen de acuerdo a estos principios? ¿Qué efectos pueden tener las medidas que se adopten, en lugares específicos , como por ejemplo las relaciones del consistorio ubetense con las cofradías de semana santa?
- Inmatriculaciones de la Iglesia :
- Página 33
- "5.11.-Haremos las modificaciones legislativas oportunas para facilitar la recuperación de los bienes inmatriculados indebidamentepor la Iglesia basadas en el privilegio de inscribir en el Registro de la Propiedad bienes a partir de simples declaraciones de sus propios miembros".
- Revisión de la fiscalidad de la Iglesia
- Relaciones Iglesia/Estado
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